Los parados podrán trabajar en el campo sin perder su prestación

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley por el que se aprueban medidas urgentes de carácter temporal en materia de empleo agrario, que tratan de garantizar la disponibilidad de mano de obra para hacer frente a las necesidades de los agricultores.
El objetivo es asegurar la recolección en las explotaciones agrarias dedicadas a la producción de fruta de hueso, frutos rojos o cultivos de verano, en general. El fin último es garantizar el abastecimiento de alimentos a la población, ante la disminución de la oferta de mano de obra que habitualmente se ocupa de las labores agrarias como temporera en el campo español.
Se podrá trabajar en el campo sin perder el paro de los servicios o la construcción
Las medidas urgentes aprobadas hoy permiten la compatibilización de la prestación por desempleo o demás prestaciones de carácter social o laboral, con el desempeño de tareas agrarias, de modo que se logre suficiente mano de obra en la actual coyuntura por parte de la población cercana a los lugares de cultivo y el aumento de la renta disponible en un momento de especial vulnerabilidad, sin mermar la protección social y la salud pública.
Podrán, por tanto, ser beneficiarios de las medidas de flexibilización temporal las personas que, a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, se encuentren en situación de desempleo o cese de actividad y aquellos trabajadores cuyos contratos se hayan visto temporalmente suspendidos, como consecuencia del cierre temporal de la actividad a causa de la COVID-19. En caso contrario, los trabajadores afectados por un ERTE no podrán acogerse a estas medidas.
También podrán acceder a estos trabajos los migrantes cuyo permiso de trabajo concluya en el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y el 30 de junio de 2020. Igualmente podrán acogerse los jóvenes provenientes de terceros países, que se encuentren en situación regular, que tengan entre 18 y 21 años.
Para acceder a este tipo de contratos, la norma establece que podrán beneficiarse las personas cuyos domicilios se hallen próximos a los lugares en los que realizar el trabajo. El empresario deberá asegurar la disponibilidad de medios de prevención apropiados frente a la COVID-19.
Las retribuciones percibidas por la actividad laboral que se desempeñe, al amparo de las medidas extraordinarias de flexibilización del empleo, serán compatibles con distintas prestaciones por desempleo.
¿Cómo se tramitará la contratación?
Las ofertas de empleo que sea necesario cubrir en cada localidad serán comunicadas por las empresas y empleadores a los servicios públicos de empleo autonómicos competentes, que las gestionarán con las personas beneficiarias para darles cobertura de manera urgente.
El sector respalda las medidas
Desde la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos han valorado positivamente las medidas, aunque la falta de mano de obra es más un temor a corto plazo que una realidad hoy. «En los pueblos hay gente disponible para trabajar y nosotros podemos crear empleo en estos momentos tan difíciles», han reconocido desde UPA. «Lo importante es que no se quede ningún cultivo sin recoger».