Mesa de diálogo entre las organizaciones profesionales agrarias y el Ministerio de Agricultura, ayer, en Madrid. Autor: Joaquín Terán.

Transparencia y justicia para la cadena alimentaria

¿Cuánto valen los alimentos que comemos y disfrutamos? ¿Lo que pagamos los consumidores reconoce el trabajo y la función que los agricultores y ganaderos desempeñan en la sociedad?
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¿El precio que reciben los agricultores y agricultoras está acorde con lo que nos aportan para la vida? Luis Planas ha reconocido claramente tras la reunión de este lunes 3 de febrero que el centro de la reunión ha estado en los precios y en el funcionamiento de la cadena alimentaria, y anuncia una revisión de la Ley 12/2013 de la cadena alimentaria.

Después de una semana y media de movilizaciones, la sociedad española empieza a enterarse que el sector agrario acumula muchos problemas estructurales. Todos deben abordarse, pero el absolutamente prioritario es que el que se refiere a los precios. La cadena alimentaria no distribuye el valor de manera adecuada entre los distintos eslabones. El precio que reciben los productores no cubre en muchos casos los costes de producción, y no garantiza una renta digna. Este precio se multiplica por 4, por 5 o incluso por 7 cuando llega a los consumidores [1].

Aunque todos los eslabones deben de poder vivir, parece que los márgenes se multiplican por el camino mientras los agricultores no pueden sobrevivir. Esta realidad contrasta con los datos ciertos que sitúan a la agricultura en la cabeza de las exportaciones, y a la industria agroalimentaria como el tercer sector industrial de nuestra economía. Esta realidad enfrentada nos sitúa ante un hecho que no me canso de repetir.  La agricultura no está en peligro, la agricultura no va a desaparecer, lo que está en peligro de desaparecer son los agricultores y agricultoras, ganaderos y ganaderas.

El compromiso asumido por el ministro no es fácil. La trasposición de la Directiva Comunitaria de prácticas desleales en la cadena alimentaria y la reforma de nuestra ley no es una tarea que se deba tomar a la ligera. Entiendo que esta reforma sin duda será trabajada y pactada con las organizaciones agrarias, y deberá ser también acordada con el resto de los agentes, desde la industria, a la distribución. Preveo bastantes presiones e intentos de desvirtuar las medidas. Vaya por delante la convicción de que la cadena de valor debe funcionar en todos sus eslabones, y cada uno de los operadores debe recibir un precio por el valor que aporta a los productos.  Las expectativas están muy altas y me imagino que el sector agrario pondrá sobre la mesa fuertes exigencias.

Hay una premisa que cualquier economista, por muy liberal que sea, conoce: El mercado nunca ha remunerado de manera adecuada los factores de producción en la agricultura, y hay leyes económicas que lo explican. Esta constatación es la que ha justificado desde el origen de la Unión Europea que el derecho de competencia se aplique de manera flexible cuando se refiere al sector agrario y ganadero, o lo que es lo mismo, que la agricultura es un sector excepcionado del derecho de competencia. Así se reconoce en el artículo 42 y 43 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, interpretado siempre en relación al artículo 39 que define los objetivos de la PAC entre los que figura una renta digna para el sector agrario [2]. Toda la argumentación jurídica y económica es la que debemos utilizar para defender propuestas ambiciosas en la regulación de la cadena agroalimentaria

Algunas de las reformas a introducir en la ley de la cadena alimentaria están claras. Una de las principales, es la de volver a recuperar el sentido de la venta a pérdidas, pero aprovechando la interesante propuesta que plantearon las organizaciones agrarias hace más de un año y que introduce como práctica deselear «la destrucción de valor» que se produce en las relaciones comerciales entre los operadores de cada uno de los eslabones de la cadena. Además, tenemos que extender de manera eficaz la obligación de los contratos por escrito en las operaciones comerciales agrarias, para atajar de una vez por todas la venta a resultas que tanto daño hace a sectores como las frutas y hortalizas, o los cereales. 

Es imprescindible que las organizaciones que agrupan a productores y productoras, sean consideradas como titulares de los intereses legítimos que representan y puedan tener un protagonismo e información real de las denuncias y los procedimientos de sanción.   También es importante aumentar la capacidad de la AICA para investigar los casos que afecten a más de una CC.AA. y vinculado a ello, establecer una forma de trabajo conjunto entre la AICA y las Comunidades Autónomas. Por último, endurecer las sanciones actuales que en muchos casos son ridículas y que estas sean públicas.

Existen propuestas más ambiciosas que podemos adoptar en el marco de esta ley de la cadena. Por ejemplo, la posibilidad de incluir una doble información del precio a los consumidores, que indique no solo lo que pagan ellos, sino lo recibe el productor. Una especie de doble etiquetado. Podemos también plantear la posibilidad de introducir alguna forma de regulación de los márgenes comerciales máximos entre un eslabón y el anterior de la cadena de manera que garanticen la justa distribución del precio.  

Por último, me voy a detener en una de las propuestas que se ha vuelto a escuchar estos días, pero que ya planteamos desde Unidas Podemos en el programa electoral de las elecciones de 26A. Se trata de que la ley garantice uno precios mínimos que cubran costes de producción. Tenemos un antecedente en nuestro vecino francés. En el mes de octubre de 2018, la Asamblea Nacional Francesa aprobó la “Ley para el equilibrio de las relaciones comerciales en el sector agrario y alimentario y para una alimentación sana y sostenible”[3] Esta ley introduce un mecanismo para establecer precios de referencia por parte de las Organizaciones Interprofesionales, de manera que cubran los costes de producción, más un 10% en concepto de remuneración de la renta agraria. La propuesta inicial procedía de la organización agraria FSNA y pretendía que los precios mínimos y los márgenes de referencia, los fijara el Observatorio de Precios y Márgenes de Francia. 

Esta opción se rechazó por el bloque liberal y fue sustituía por la propuesta de que fueran las Interprofesionales las que lo determinaran. Meses antes, la Autoridad de la Competencia Francesa, emitía un informe sobre la capacidad de maniobra de las Organizaciones de Productores y las Interprofesionales, a raíz de la STSJ de la UE sobre el caso de la endivia. En este informe, la autoridad francesa establece que las OP y las Interprofesionales, pueden fijar colectivamente los precios de venta, pero no podrían convertirse en obligatorias, ni extenderse de manera automática, ni convertirse en normas. Para España, sin duda la propuesta más limpia sería que fuera la AICA la que a través del Observatorio de Precios Agrarios fijara los precios de referencia.

Se trata de una propuesta ambiciosa, y no niego que sea muy compleja de abordar. Sin duda exige mucho diálogo en diversas direcciones, y reflexión y análisis para tener claro el potencial impacto positivo y negativo que pueda tener, pero como he dicho en tantas otras ocasiones, la realidad del campo y del sector no está para inercias y soluciones continuistas.

Foto destacada: Mesa de diálogo entre las organizaciones profesionales agrarias y el Ministerio de Agricultura, ayer, en Madrid. Autor: Joaquín Terán.

[1] Índice de Precios Origen y Destino de productos agrarios. Marzo 2019. http://coag.coag.org/post/ipod-indice-de-precios-en-origen-y-destino-de-los-alimentos-122677

[2] Revisar en este sentido el Informe de 2017 de la Comisión de Asuntos Económico y Monetarios sobre política de competencia 216/2100 (INI) donde reconocía que la última reforma de la PAC pretendía reforzar la posición de los agricultores en la cadena agroalimentaria disponiendo una serie de excepciones y exenciones del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El informe, insta a la Comisión Europea a que presente al Parlamento y al Consejo un registro del uso de las exenciones vigentes al derecho de competencia por agricultores de distintos Estados miembros y que aclare debidamente el alcance de estas exenciones y de las exenciones individuales de las normas de competencia conforme al artículo 101.3 del TFUE

[3] Para conocer algo más de la ley aprobada leer, http://www.qcom.es/Francia-siempre-por-delante

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