Lobo ibérico: ¿especie cinegética o especie protegida? Las dos cosas

¿Es posible que una especie animal sea protegida y cinegética al mismo tiempo? Sí, lo es. Lo acontecido en Cantabria lo demuestra.
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El Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso de Ecologistas en Acción con el cual el tribunal cántabro, que no veía legitimidad en la anterior demanda de los ecologistas, deberá resolver la petición de la organización por la cual se pide rechazar unas autorizaciones del año 2017 para batidas de lobo.

El pasado viernes, el TSJ ha aceptado la petición de los ecologistas para que se anule la sentencia dictada el pasado 17 de abril de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Tras la noticia, algunos medios han titulado como si el supremo sentenciase que el lobo es ahora especie protegida en Cantabria gracias a los ecologistas.

Sin embargo, el lobo lleva siendo especie protegida en España desde que en el año 1979, porque el “Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa», también llamado Convenio de Berna, lo identificó como especie protegida. Y España en el “Boletín Oficial del Estado», no 235, del 1 de octubre de 1986”, ratificó al lobo y a otra serie de fauna como especies protegidas, pudiendo ser “objeto de medidas de explotación siempre que sus poblaciones se mantuvieran fuera de peligro.”

Esto quiere decir, que el lobo en Cantabria es una especie protegida, pero que la directiva comunitaria Hábitat, también permite que esta sea cinegética. Lo cual, autoriza que se realicen batidas cuando la especie sea una amenaza por superpoblación o exista diezmado del ganado. En concreto, en Cantabria el lobo se incluye en el anexo I de la Ley de Cantabria, 12/2006, del 17 de julio, de Caza, como especie cinegética. Pues el aumento de ataques a explotaciones ganaderas empezó a agravarse. Solo en 2006, los lobos mataron 80 vacas, 73 potros, 112 ovejas y 19 cabras en la región cántabra. Esto provocó que la Administración tramitase casi 200 expedientes por daños y abonara unas compensaciones de 86.046 euros.

La organización ecologista denunció que los controles poblacionales del lobo se llevaban a cabo sin ajustarse a la normativa vigente y pidiendo al gobierno cántabro más transparencia. Como en el año 2017 aún no se había creado el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria, que es del 2019 y funciona en la actualidad, el TSJ ha fallado a favor ya que según la organización, el gobierno cántabro no facilitaba la documentación necesaria sobre el control poblacional del lobo en el año de la denuncia.

La Federación Española de Caza, afirma desde su cuenta de twitter que “la sentencia no tiene ninguna validez ya que se refiere a una denuncia de 2018 por controlar el lobo sin un plan de gestión. Anticipándose a esta situación, @cantabriaes, cazadores y ganaderos consensuaron el plan de gestión que sigue vigente.” Y además, usó el hastag “FakeNews”, es decir, “noticia falsa”, citando una noticia de la cadena Ser que titulaba así: “El Supremo sentencia que el lobo es especie protegida también al norte del Duero”.

La decisión del TSJ y la forma en que se ha tratado la noticia en la mayoría de medios de comunicación deja claras ambas caras de la sociedad. Por un lado, está el medio rural donde el lobo es considerada una especie conflictiva por los daños que produce en lo que es el pan de muchos ganaderos. Y por el otro lado, está el medio urbano, que ve al lobo como un animal bonito y símbolo de la naturaleza bien cuidada.

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